Bando de Valeriano Weyler publicado en la Gaceta de la Habana correspondiente al 29 de abril, 1896.
Gobierno General de la Isla de Cuba.
BANDO
Don Valeriano Weyler y Nicolau, Marqués de Tenerife, Gobernador General, Capitán General de la Isla de Cuba y General en Jefe de este Ejército.
En uso de las facultades que me están concedidas por la ley de Orden público de 23 de Abril de 1870.
ORDENO Y MANDO
- No se publicará en los periódicos ninguna noticia sobre la guerra que no esté previamente autorizada por las respectivas oficinas de Estado Mayor.
- Tampoco se publicarán noticias telegráficas de carácter político sin la expresa autorización de la Secretaría del Gobierno general en la Habana ó de los Gobernadores Civiles en las demás provincias.
- Queda prohibida la publicación de sueltos, artículos ó grabados que directa ó indirectamente tiendan á menoscabar el prestigio de la Patria, del Ejército ó de las Autoridades; á exajerar las fuerzas y la importancia de la insurrección ó á favorecerla de cualquier modo, á producir alarmas infundadas ó á excitar las pasiones.
- Las infracciones de este bando que no estén comprendidas en los artículos , 1o y 6o del del de 16 de febrero último, se corregirán gubernativamente con las penas que establece el artículo 36 de la ley de 23 de Abril de 1870.
- Serán responsables de estas infracciones las personas designadas por el art. 14 del Código penal de la Península, vigente en esta Isla, por el orden que en el mismo se establece.
- Cuando un periódico haya sufrido dos correcciones y dé lugar á la imposición de una tercera podrá ser suprimido.
- Los Gobernadores Civiles de las provincias quedan encargados del cumplimiento de este bando. Contra sus resoluciones, que habrán de ser siempre fundadas, podrá interponerse recurso de alzada dentro de las veinticuatro horas siguientes á su notificación.
Habana, 27 de Abril de 1896.
Valeriano Weyler.
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